sábado, 27 de noviembre de 2021

Reyes contra Navarro

 

Ocurrió hace algunos años. Y el final, ¿está por llegar?

El caso es que, tomando como referencia o punto de partida la realidad de unos encuentros en la 3ª fase que nadie osó negar, Reyes demandó a Navarro, imputándole una singular responsabilidad.

Y se ve que, respaldado por alguna ley de tendenciosa redacción, un juez (o juezA) de turno acogotó al imputado, exigiendo de él la demostración de la veracidad o falsedad del hecho. Creo que a eso lo llaman carga de la prueba, que de por sí ya tiene algo de cargante.

Porque la dispersión de una cama múltiple, y tampoco desmentida o cuestionada, acaso introduce matices que no favorecen la claridad ni la garantía en las conclusiones; y ante esta evidencia, Navarro, con actitud de valiente y razonada rebeldía, rehusó someterse a la imposición de lo del ADN, para no colaborar con una maniobra de apariencia persecutoria que desembocó en sentencia tan legal como arbitraria y cuya temeridad puede dejar con el ridículo culo al aire al magistrado que arbitró la cosa.

 

El espectáculo (para el público) tiene otros ejemplos, y con facilidad se torna polémico, aunque la lógica indicaría que el denunciante debe aportar las pruebas de lo que expone y reclama, para lo cual es inservible su sola y puede que intencionada palabra.

Y podrían modificarse el alcance y las consecuencias de algunas leyes con sólo añadirles que un tiro que salga por la culata llevará aparejada sin remilgos una sanción, preferentemente económica (que son las que mejor escarmientan) y que sea de dimensiones astronómicas. Que eso siempre disuade a los imprudentes y a los aventureros.                                                                     

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